Hoy se publica en el BOE la Orden HFP/311/2023, de 28 de marzo, por la que se eleva el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de deudas tributarias de 30.000 € a 50.000 €. La Orden entra en vigor el 15 de abril, pero hay que tener en cuenta que el nuevo límite exento de 50.000 € no se aplicará a las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento que se encuentren en tramitación en dicha fecha, pues las mismas seguirán rigiéndose por lo establecido en la normativa vigente a la fecha de presentación de la correspondiente solicitud.
El ámbito de aplicación de esta Orden HFP/311/2023 se refiere a las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento de pago de las deudas derivadas de derechos de naturaleza pública de la Hacienda Pública Estatal gestionados por la Agencia Tributaria y demás órganos de la Administración General del Estado y sus organismos autónomos.
Hoy se publica en el BOE la Orden HFP/311/2023, de 28 de marzo, por la que se eleva el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de deudas tributarias de 30.000 € a 50.000 €. La Orden entra en vigor el 15 de abril, pero hay que tener en cuenta que el nuevo límite exento de 50.000 € no se aplicará a las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento que se encuentren en tramitación en dicha fecha, pues las mismas seguirán rigiéndose por lo establecido en la normativa vigente a la fecha de presentación de la correspondiente solicitud.
El ámbito de aplicación de esta Orden HFP/311/2023 se refiere a las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento de pago de las deudas derivadas de derechos de naturaleza pública de la Hacienda Pública Estatal gestionados por la Agencia Tributaria y demás órganos de la Administración General del Estado y sus organismos autónomos.