Conviene recordar que la factura electrónica es una factura emitida por medios electrónicos que tiene la misma validez que una factura en papel. Para ello, de conformidad con la Ley Crea y Crece, las empresas y autónomos tendrán que disponer y utilizar un software homologado, que podrá ser público (el que al efecto está desarrollando la Agencia Tributaria y que será gratuito) o privado (que se podrá comprar a empresas comercializadoras de este software específico), que permita emitir facturas en este formato electrónico, con un código QR. La finalidad de la factura electrónica es favorecer la digitalización de las empresas, reducir la morosidad y tener un mayor control sobre las operaciones. La Ley Antifraude, por otro lado, es la que regula los sistemas de facturación y establece los requisitos que deben cumplirse, entre otros que los programas de facturación no pueden permitir la modificación o manipulación de las facturas emitidas ni tampoco pueden permitir doble contabilidad.
En principio, la implementación de la factura electrónica debía de llevarse a cabo a partir de enero de 2026 para las empresas y de julio de 2026 para los autónomos, momento a partir del cual debía comenzar la obligación de emitir facturas en formato electrónico (aunque solo en determinados casos), ya que la obligación de facturar electrónicamente entrará en vigor por fases. Primero el Ministerio de Hacienda deberá aprobar un Reglamento para regular el proceso y, una vez éste sea aprobado, en primer término deberán cumplir las empresas que facturen al menos 8 millones de euros anuales, que tendrán un año para adaptarse a contar desde la aprobación de dicho Reglamento. Y luego vendrán los autónomos, que tendrán dos años para adaptarse a contar desde la entrada en vigor del Reglamento.
Sin embargo, la tramitación del Reglamento que desarrolla la Ley Crea y Crece, y de la Orden Ministerial correspondiente, que establece la obligatoriedad de facturación electrónica para empresas y autónomos, todavía no ha sido aprobado y sigue, por tanto, pendiente de desarrollo. La facturación electrónica, consecuentemente, no será obligatoria, al menos, hasta el año 2026 para las empresas y hasta el año 2027para autónomos, ya que sigue pendiente de desarrollo este Reglamento que desarrolla la Ley Crea y Crece. La razón, como señalamos, es que está todavía pendiente de aprobación el Reglamento que establece y especifica la obligatoriedad de las empresas y autónomos de emitir siempre (y no solo en determinados casos) facturas en formato electrónico y la obligatoriedad de recibir también electrónicamente las facturas por las empresas y autónomos (como clientes), así como el envío de las mismas automáticamente a la Agencia Tributaria.