La Comunidad de Madrid ha anunciado una nueva norma en beneficio de la empresa familiar, la denominada Ley de Apoyo a la Empresa Familiar, con la intención de mantener un marco tributario competitivo que ya ha venido distinguiendo a Madrid de otras Comunidades Autónomas.
En el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, las actuales reducciones del 95% para empresas familiares permiten que se transmitan a los herederos la propiedad con una carga fiscal mínima, siempre que se cumplan los requisitos legales de afectación y permanencia. Del mismo modo, la reducción y la bonificación autonómica en el Impuesto sobre el Patrimonio han favorecido la exención de bienes y participaciones afectas a la actividad empresarial, mitigando la descapitalización de las familias empresarias. Sin embargo, la coexistencia de estas ventajas con medidas estatales tales como el Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas, ha introducido una cierta incertidumbre.
La información disponible sobre el contenido de la futura ley autonómica apunta a un conjunto de instrumentos. Por un lado, se pretende la consolidación de los beneficios fiscales vinculados a la sucesión y transmisión de la empresa, con el objetivo de evitar la venta inducida de activos al fallecimiento del fundador y garantizar la continuidad de la actividad; y, por otra parte, estableciendo deducciones y rebajas tributarias vinculadas a procesos de modernización, digitalización e innovación. Se pretenden igualmente la existencia de subvenciones o préstamos blandos para proyectos de expansión y adaptación, así como de medidas de simplificación administrativa que permitan a las empresas familiares operar con mayor agilidad.
Esta próxima ley pretende, además de las mejoras en el ámbito tributario, ofrecer un entorno integral de apoyo. No obstante, se plantean interrogantes en esta futura norma sobre determinados criterios, como el porcentaje de participación, la vinculación de los miembros de la familia a la gestión activa, el número de trabajadores o la permanencia en la actividad, que son variables que pueden resultar determinantes para su efectividad. Además, la estabilidad temporal de los incentivos es esencial, en la medida en que las normas sometidas a caducidad o a la coyuntura presupuestaria generan inseguridad y pueden desincentivar la planificación de largo plazo; a lo que hay que añadir la necesidad de compatibilidad con la normativa estatal y con los límites de las competencias autonómicas en materia fiscal, lo que obliga a una redacción cuidadosa de esta ley. Tampoco deben olvidarse los requisitos formales que acompañan a los beneficios fiscales: la documentación que acredita la afectación de bienes a la actividad empresarial, la permanencia mínima de las participaciones, el ejercicio efectivo de funciones de gestión.
En definitiva, la Comunidad de Madrid plantea una política económica que combina continuidad, en la línea de ofrecer un marco tributario atractivo y competitivo, y novedad, en la ambición de crear una ley integral de apoyo que ponga en valor a la empresa familiar como columna vertebral del tejido económico madrileño.