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Plan Anual de Control Tributario 2026

La semana pasada se publicó en el BOE la Resolución de 11 de marzo de 2026, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (se adjunta pdf) por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2026,.

Este Plan Anual de Control Tributario y Aduanero mantiene la estructura habitual de años anteriores, articulada en torno a cinco grandes áreas: información y asistencia al contribuyente, prevención de incumplimientos, investigación y comprobación del fraude, control en fase recaudatoria y control aduanero. Sin embargo, más allá de esa continuidad formal, el documento introduce algunas líneas de actuación que se intensifican o adquieren especial relevancia respecto al plan del año anterior, reflejando la evolución del modelo de control de la Agencia Tributaria. A continuación se comentan las principales novedades.

Explotación del análisis masivo de datos y de la IA

Una de las líneas que más se refuerza en el Plan de 2026 es el uso de herramientas de análisis avanzado de datos para la detección temprana de riesgos fiscales. La Agencia Tributaria lleva años desarrollando sistemas de tratamiento masivo de información, pero el Plan actual insiste especialmente en el uso de modelos predictivos y algoritmos de selección automatizada de contribuyentes para orientar las actuaciones de control. El objetivo es identificar incoherencias en la información disponible antes incluso de que se inicie un procedimiento inspector, lo que permite dirigir las actuaciones hacia los contribuyentes con mayor probabilidad de incumplimiento.

En la práctica, esto supone una evolución hacia un modelo de control cada vez más basado en el cruce sistemático de información procedente de distintas fuentes; en el análisis conjunto de datos fiscales, financieros y patrimoniales y en la detección automatizada de patrones de riesgo. Este enfoque permite a la Administración anticiparse al fraude y optimizar los recursos de control, concentrando las comprobaciones en los casos que presentan mayores indicios de irregularidad.

Utilización efectiva de la información procedente de plataformas digitales

Otra de las novedades más relevantes del Plan 2026 es el protagonismo que adquiere la información suministrada por plataformas digitales, en aplicación de la Directiva DAC7. Durante los últimos años se ha desarrollado el marco normativo que obliga a determinadas plataformas a comunicar a la Administración tributaria información detallada sobre los vendedores y prestadores de servicios que operan a través de ellas. A partir de 2026, el Plan pone el énfasis en la explotación sistemática de esos datos para detectar rentas no declaradas. Las actuaciones se centrarán principalmente en:

  • ventas realizadas a través de marketplaces y plataformas de comercio electrónico,
  • arrendamientos de inmuebles gestionados mediante plataformas digitales,
  • prestación de servicios personales intermediados por plataformas.

El objetivo es comprobar si las personas físicas o entidades que operan a través de estas plataformas declaran correctamente los ingresos obtenidos y cumplen con sus obligaciones fiscales.

Aunque la economía digital ya figuraba como área de riesgo en los planes anteriores, la novedad de 2026 radica en que la Administración dispone ahora de un volumen mucho mayor de información estructurada, lo que permitirá intensificar las actuaciones de control.

Atención a los nuevos medios de pago y operadores financieros

El Plan 2026 también introduce un refuerzo del control sobre los nuevos sistemas de pago y los operadores financieros emergentes. La evolución tecnológica ha multiplicado las formas de realizar pagos y transferencias de fondos, lo que obliga a la Administración tributaria a adaptar sus herramientas de control. En este contexto, el plan prevé ampliar el seguimiento de los proveedores de servicios de pago; las entidades financieras no tradicionales; y los intermediarios que canalizan operaciones económicas a través de medios digitales.

El objetivo es mejorar la trazabilidad de las operaciones económicas y evitar que determinados flujos financieros queden fuera del sistema de información tributaria. En la práctica, esta línea de actuación se traduce en un mayor aprovechamiento de las obligaciones informativas financieras y en el desarrollo de nuevas herramientas para analizar los movimientos de fondos.

Control patrimonial de personas físicas

Otra de las áreas en las que se aprecia un mayor énfasis respecto al Plan anterior es el control patrimonial de personas físicas, especialmente cuando existen indicios de discrepancia entre el nivel de riqueza y las rentas declaradas. La Agencia Tributaria continuará utilizando el análisis conjunto de distintas fuentes de información para detectar situaciones en las que el patrimonio o el nivel de gasto de un contribuyente no resulta coherente con los ingresos declarados en el IRPF.

Las actuaciones de control se orientarán, entre otros aspectos, a detectar rentas no declaradas vinculadas a arrendamientos de inmuebles; analizar la titularidad y transmisión de bienes inmuebles; y  examinar estructuras societarias instrumentales utilizadas por personas físicas para eludir el IRPF y el IP, o bien para  para canalizar determinados gastos o actividades personales de todo tipo, ya sea a través de otras vías anómalas y fraudulentas que encubren auténticos repartos de dividendos.

Vigilancia sobre incentivos fiscales relevantes en el Impuesto sobre Sociedades

En el ámbito del Impuesto sobre Sociedades, el Plan insiste en el control de determinados incentivos fiscales que pueden tener un impacto significativo en la cuota del impuesto. Entre ellos destacan especialmente:

  • las deducciones por actividades de I+D+i,
  • los incentivos vinculados a producciones cinematográficas y espectáculos en vivo,
  • determinadas estructuras que utilizan agrupaciones de interés económico (AIE).

La Administración pretende verificar que estos beneficios fiscales se aplican correctamente y que no se utilizan estructuras artificiales o esquemas de planificación fiscal agresiva para obtener ventajas indebidas. Este enfoque responde al creciente peso que han adquirido estos incentivos en los últimos años y al interés de la Administración por asegurar su correcta aplicación.

Intensificación de las actuaciones de recaudación

El Plan 2026 refuerza también las actuaciones destinadas a garantizar el cobro efectivo de las deudas tributarias. Para ello, la Agencia Tributaria prevé desarrollar nuevas herramientas de análisis que permitan clasificar a los deudores en función de su comportamiento y del riesgo de incobrabilidad, lo que facilitará adoptar medidas de forma más temprana. Entre las actuaciones previstas destacan:

  • el uso más frecuente de derivaciones de responsabilidad,
  • la adopción de medidas cautelares cuando exista riesgo de insolvencia,
  • el seguimiento del patrimonio de los deudores,
  • el control de procedimientos concursales y situaciones preconcursales.

El objetivo es evitar que determinados contribuyentes utilicen estrategias para dificultar o retrasar el pago de las deudas tributarias. En definitiva, el Plan de Control Tributario 2026 no introduce cambios radicales respecto a los ejercicios anteriores, pero sí consolida y refuerza algunas tendencias que ya venían observándose en la actuación de la Agencia Tributaria.

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