Os concretamos las novedades tributarias en el IRPF e Impuesto sobre Sociedades introducidas en la Ley 7/2024, de 20 de diciembre, en el Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre y en el Real Decreto-ley 10/2024, de 23 de diciembre, de las que ya os enviamos a finales de diciembre un resumen.
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS (IRPF)
Tipo de gravamen del ahorro
Con efectos desde el 1 de enero de 2025, se incrementa el tipo de gravamen aplicable a bases liquidables superiores a 300.000 euros, que pasa del del 28% al 30%. Por tanto, la tarifa aplicable a la base liquidable del ahorro queda del siguiente modo:
Base liquidable del ahorro — Hasta euros | Cuota íntegra — Euros | Resto base liquidable del ahorro — Hasta euros | Tipo aplicable — Porcentaje |
0 | 0 | 6.000 | 19% |
6.000,00 | 1.140 | 44.000 | 21% |
50.000,00 | 10.380 | 150.000 | 23% |
200.000,00 | 44.880 | 100.000 | 27% |
300.000,00 | 71.880 | En adelante | 30% |
Obligación de presentar declaración
Con efectos de 1 de enero de 2025 se eleva a 2.500 euros la cuantía total de los rendimientos íntegros del trabajo procedentes del segundo y restantes pagadores que obligan a presentar la declaración de la Renta, por lo que no estarán obligados a presentar la declaración de Renta aquellos contribuyentes con ingresos de hasta 22.000 euros que tengan más de un pagador siempre que la suma de las rentas del segundo o restantes pagadores no superen los 2.500 euros (hasta ahora eran 1.500 euros).
Deducción por obras de mejora energética en las viviendas
Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2025 la deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas.
Deducción por la adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible y puntos de recarga
Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2025 la deducción por la adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible y puntos de recarga.
Donaciones a trabajadores afectados por la DANA por parte de las empresas
Se declaran exentas las cantidades satisfechas entre el 29 de octubre y 31 de diciembre de 2024 con carácter extraordinario por los empleadores a sus empleados y/o familiares que vayan destinadas a sufragar los daños personales y daños materiales causados por la DANA.
Nueva reducción fiscal para determinados rendimientos de actividades artísticas obtenidos de manera excepcional
Con efectos desde el 1 de enero de 2025, se crea una reducción fiscal para determinados rendimientos de actividades artísticas obtenidos de manera excepcional. Se aplica una reducción del 30% a los rendimientos que excedan del 130% de la media de los imputados en los tres ejercicios anteriores. Importe máximo sobre el que se aplica la reducción será 150.000 euros.
Devolución a mutualistas
Se modifica el procedimiento a seguir para la devolución de las cantidades de las cantidades pagadas en exceso en el IRPF por pensionistas que realizaron aportaciones a mutualidades laborales sin practicar reducción en la base imponible del impuesto.
Imputación de rentas inmobiliarias
Con efectos de 1 de enero de 2024 se aplicará la imputación de rentas inmobiliarias al 1,1% si los inmuebles están localizados en municipios con valores catastrales revisados, siempre que hubieran entrado en vigor a partir del 1 de enero de 2012.
Estimación objetiva en IRPF
Con efectos de 1 de enero 2025 y vigencia indefinida, se prorrogan durante 2025 los límites cuantitativos que delimitan en el IRPF el ámbito de aplicación del método de estimación objetiva, con excepción de las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, que tienen su propio límite cuantitativo por volumen de ingresos. El plazo para presentar las renuncias o revocaciones se extiende hasta 31 de enero de 2025.
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES (IS)
Con la aprobación de la Ley 7/2024, de 20 de diciembre, además de establecerse el nuevo Impuesto Complementariopara garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud, se establecen diversas medidas que afectan al Impuesto sobre Sociedades:
Tipo de gravamen
Con efectos para periodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2025 se reduce el tipo de gravamen aplicable de forma progresiva.Las modificaciones introducidas en el tipo de gravamen son las siguientes:
- Para las micropymes (aquellas con un INCN del ejercicio anterior menor de un millón de euros), que tributan en 2024 al 23%, tributará en el Impuesto sobre Sociedades en 2025 al 21% por los primeros 50.000 euros, y al 22% por el resto de sus beneficios. Esta cantidad irá reduciéndose en los próximos años de la siguiente forma:.
- 2025: Primeros 50.000 € → 21%. Resto de los beneficios → 22%.
- 2026: Primeros 50.000 € → 19%. Resto → 21%.
- 2027: Primeros 50.000 € → 17%. Resto → 20%.
- Para entidades de reducida dimensión (aquellas con un INCN del ejercicio anterior mayor de un millón de euros pero menos de diez millones de euros al año), que tributan en 2024 al 25%, se incluye una reducción progresiva del tipo impositivo que pagarán por IS. El esquema es el siguiente:
- 2025: 24%.
- 2026: 23%.
- 2027: 22%.
- 2028: 21%.
- 2029: 20%.
- Sociedades cooperativas fiscalmente protegidas: el tipo de gravamen aplicable será el resultante de minorar en un 3% los tipos de gravamen del 15, 17 y 20%, siempre que el tipo resultante no supere el 20% excepto por lo que se refiere a los resultados extracooperativos que tributarán a los tipos del 15, 17 y 20%.
Límites aplicables a la compensación de bases imponibles negativas a las grandes empresas
Con efectos para periodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2024, se recupera el límite a la compensación de bases imponibles negativas para grandes empresas, con importe neto de la cifra de negocios de al menos 20 millones de euros, acompañado de un nuevo límite en la aplicación de deducciones por doble imposición internacional o interna, generada o pendiente de compensar, con el objeto de conseguir que, en aquellos períodos impositivos en que exista base imponible positiva, la aplicación de créditos fiscales, por parte de las grandes empresas, no anule la cuota diferencial a ingresar.
Importe neto de la cifra de negocios ejercicio anterior | Año 2024 BIN´s compensables |
Inferior a 20.000.000 € | 70 % de la BI previa a la aplicación de la reserva de capitalización y a la compensación de BIN´s. Sin limitación hasta 1.000.000 € |
Entre 20.000.000 y 60.000.000 € | 50% de la BI previa a la aplicación de la reserva de capitalización y a la compensación de BIN´s. Sin limitación hasta 1.000.000 € |
Igual o superior a 60.000.000 € | 25% de la BI previa a la aplicación de la reserva de capitalización y a la compensación de BIN´s. Sin limitación hasta 1.000.000 € |
Reserva de capitalización
Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de 2025, se modifica el incentivo fiscal de la reserva de capitalización con la que se pretende potenciar la capitalización empresarial mediante el incremento del patrimonio neto introduciendo dos mejoras:
- Se incrementa el porcentaje de reducción en la base imponible que pasa del 15% del incremento de los fondos propios al 20%.
- Se potencia este incentivo vinculándolo al incremento de plantilla media total respecto de la del ejercicio anterior y que dicho incremento se mantenga durante tres años.
Los incrementos de reducción de la base imponible en función del incremento de la plantilla son los siguientes:
- 23% si la plantilla media en el período impositivo se haya incrementado, respecto de la plantilla del período impositivo anterior en un mínimo de un 2% sin superar un 5%.
- 26,5% si el incremento de la plantilla media del período impositivo anterior se encuentre entre un 5% y un 10%.
- 30% si el incremento de plantilla es superior a un 10%.
Gastos no deducibles
Con efectos para los periodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2024, no tendrán la consideración de gastos fiscalmente deducibles los derivados de la contabilización del Impuesto Complementario.
Libertad de amortización
Con efectos de 1 de enero de 2025, se prorroga al ejercicio 2025 la libertad de amortización para aquellas inversiones que utilicen energía procedente de fuentes renovables.