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Fiscal: Rebaja fiscal a inversores extranjeros en la Comunidad de Madrid

La Comunidad de Madrid pretende aprobar una rebaja fiscal para los inversores extranjeros, consistente en una deducción en la cuota autonómica del IRPF, con el fin de captar y retener estas inversiones que lleguen del exterior. Al respecto, el Ejecutivo regional ha remitido a la Asamblea de Madrid el proyecto de ley, para iniciar su tramitación parlamentaria, que regula esta nueva deducción, con el objetivo de que entre en vigor este mismo año 2023.

 

La iniciativa está dirigida a extranjeros o españoles residentes en el exterior que lleven más de 5 años viviendo fuera de España y que decidan invertir y trasladar su domicilio fiscal a la Comunidad de Madrid. En concreto, podrán deducirse el 20% del total, ya sea en activos financieros como inmobiliarios. Estos últimos deberán estar radicados en la Comunidad de Madrid mientras que el resto podrá localizarse en cualquier lugar, exceptuando los considerados paraísos fiscales. La norma señala que la inversión podrá realizarse el año previo al traslado de la residencia fiscal a la Comunidad de Madrid, el mismo año del cambio o el siguiente. Asimismo, se abre la posibilidad de que la deducción del 20% se aplique durante el año en el que se hace o en los cinco siguientes.

 

El único requisito es mantener la inversión durante seis ejercicios, así como la residencia fiscal en la Comunidad de Madrid, y el único límite anual será la propia cuota de IRPF sobre la que se hace la deducción del 20%, es decir, si es suficiente para compensar toda la desgravación se podrá hacer el primer año y, en caso contrario, se irá repartiendo a lo largo de los siguientes cinco años.

 

El objetivo es que esta medida sea de aplicación en este 2023 para que las personas interesadas puedan aplicárselo en la declaración de la Renta de 2023 que harán entre abril y junio de 2024.

La Comunidad de Madrid pretende aprobar una rebaja fiscal para los inversores extranjeros, consistente en una deducción en la cuota autonómica del IRPF, con el fin de captar y retener estas inversiones que lleguen del exterior. Al respecto, el Ejecutivo regional ha remitido a la Asamblea de Madrid el proyecto de ley, para iniciar su tramitación parlamentaria, que regula esta nueva deducción, con el objetivo de que entre en vigor este mismo año 2023.

 

La iniciativa está dirigida a extranjeros o españoles residentes en el exterior que lleven más de 5 años viviendo fuera de España y que decidan invertir y trasladar su domicilio fiscal a la Comunidad de Madrid. En concreto, podrán deducirse el 20% del total, ya sea en activos financieros como inmobiliarios. Estos últimos deberán estar radicados en la Comunidad de Madrid mientras que el resto podrá localizarse en cualquier lugar, exceptuando los considerados paraísos fiscales. La norma señala que la inversión podrá realizarse el año previo al traslado de la residencia fiscal a la Comunidad de Madrid, el mismo año del cambio o el siguiente. Asimismo, se abre la posibilidad de que la deducción del 20% se aplique durante el año en el que se hace o en los cinco siguientes.

 

El único requisito es mantener la inversión durante seis ejercicios, así como la residencia fiscal en la Comunidad de Madrid, y el único límite anual será la propia cuota de IRPF sobre la que se hace la deducción del 20%, es decir, si es suficiente para compensar toda la desgravación se podrá hacer el primer año y, en caso contrario, se irá repartiendo a lo largo de los siguientes cinco años.

 

El objetivo es que esta medida sea de aplicación en este 2023 para que las personas interesadas puedan aplicárselo en la declaración de la Renta de 2023 que harán entre abril y junio de 2024.

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