El Grupo Parlamentario Socialista registró ayer jueves en el Congreso de los Diputados una proposición de ley que, de salir adelante, va a suponer un significativo incremento de los impuestos a las viviendas vacías y a los pisos turísticos.
En esta proposición de ley se plantean medidas tales como una subida del IVA de los pisos turísticos al 21%, para que tributen como actividad económica, y gravar más las viviendas vacías con el pretendido fin de incentivar que entren en el mercado del alquiler. La tributación actualmente en el IRPF de las viviendas vacías (“a disposición de sus titulares”) oscila entre el 1,1% y el 2% de su valor catastral; sin embargo, se establecerá una mayor progresividad, con más tramos de tributación, cuyo porcentaje se actualizaría en coordinación con el Ministerio de Hacienda. Además, se requiere a los Ayuntamientos a “complementar” esta medida sobre las viviendas vacías con un “recargo por vivienda vacía del IBI”, con la pretensión de movilizar estos inmuebles vacíos y las segundas residencias, y aumentar la oferta en el mercado de alquiler.
La proposición de ley también incluye el ya anunciado nuevo Impuesto Estatal para desincentivar la compra de vivienda por parte de extracomunitarios y extranjeros “no residentes”, gravando la compra de vivienda de este colectivo con un nuevo tributo que gravará estas transmisiones patrimoniales. Este nuevo tributo no estará cedido a las Comunidades Autónomas para “evitar una doble carga impositiva”. De esta manera, se gravará la compra de inmuebles dentro de España (excluyendo los casos del País Vasco y Navarra) por personas físicas y empresas no residentes en la Unión Europea (UE), y no afectaría a empresarios o profesionales en el ejercicio de su actividad, excepto si esta actividad está exenta de IVA, en cuyo caso sí se pagaría este impuesto.
Por otra parte, la tributación de las Sociedades Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario (SOCIMIS) pasará del 15 al 25%, salvo que promuevan vivienda destinadas al alquiler a precio asequible. Se analizan dos supuestos de reducción de este incremento del 25%: reducción en un 50% para entidades que destinen al alquiler asequible el 60% de sus viviendas y del 100% si reinvierten sus beneficios.