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Medidas para para optimizar el Impuesto sobre Sociedades 2025

Se acerca la fecha de cierre del ejercicio contable y fiscal para la mayoría de las empresas (el 31 de diciembre) y estamos haciendo los análisis/trámites necesarios parar optimizar sus declaraciones del Impuesto sobre Sociedades 2025. Aunque el modelo 200 del Impuesto sobre Sociedades 2025 se presentará en el mes de julio de 2026 (con fecha límite el 25 de julio de 2026), actualmente estamos haciendo los análisis necesarios para aprovechar todas las ventajas fiscales para reducir la carga tributaria que supone este Impuesto. En este sentido os comentamos, simplemente para conocimiento, algunas comprobaciones/análisis que hacemos para optimizar este Impuesto antes del cierre contable y fiscal de cada ejercicio:

La primera se basa en la revisión de la correcta aplicación del principio de devengo. La correcta imputación temporal de ingresos y gastos es una de las principales fuentes de ajustes en el Impuesto, por lo que, antes de cerrar el ejercicio debemos de tener en cuenta las siguientes cuestiones:

  • Verificar ingresos devengados pendientes de facturar: si no se registran ingresos que debe imputarse al ejercicio contable pueden ser objeto de regularización, con la consiguientes sanción, posteriormente por la Agencia Tributaria.
  • Verificar de que se registran todos los gastos devengados en el ejercicio; hay que comprobar que no quedan facturas pendientes de contabilizar.
  • Realizar los asientos de periodificación contable que correspondan, para lo que se utilizarán las siguientes cuentas contables: gastos anticipados (480); ingresos anticipados (485); anticipos recibidos por ventas o prestaciones de servicios a largo plazo (181); intereses pagados por anticipado (567); intereses cobrados por anticipado (568).

En segundo lugar, hay que optimizar las amortizaciones antes del cierre del ejercicio, ya que son una herramienta para reducir la tributación en el Impuesto sobre Sociedades. Por tanto, antes del cierre, hacemos lo siguiente:

  • Revisar el método de amortización aplicado para que sea el más adecuado.
  • Comprobar si existen activos que han cambiado de uso o de vida útil.
  • Analizar si podemos aplicar los incentivos fiscales, tales como la libertad de amortización por inversión en determinados activos o por creación de empleo.

En tercer lugar, en los casos que resulta procedente, analizamos las operaciones vinculadas, incidiendo en las siguientes cuestiones:

  • Que los precios aplicados entre personas o entidades vinculadas se ajustan al valor de mercado.
  • Comprobar la existencia de contratos y documentación justificativa de cada operación.
  • Analizar la existencia de servicios entre empresas del grupo que deban ser facturados.

En cuarto lugar, analizamos y aplicamos, si es posible, las deducciones y beneficios fiscales existentes en la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Las deducciones son uno de los medios para reducir la cuota a pagar del Impuesto sobre Sociedades, por lo que revisamos la posible aplicación, y, en su caso, la existencia u obtención por la Empresa de sus consultoras externas de la documentación necesaria, de:

  • Incentivos fiscales para empresas de reducida dimensión.
  • Deducción por I+D+i y necesidad de informes vinculantes motivados.
  • Deducción por inversiones en producciones cinematográficas.
  • Deducciones por creación de empleo.
  • Deducción por contribuciones empresariales a sistemas de previsión social empresarial.
  • Deducción por donativos.
  • Beneficios fiscales derivados de la localización en Canarias, Ceuta y Melilla.

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