Skip to main content Scroll Top

La Agencia Tributaria retrasa Verifactu para hacerlo coincidir con la factura electrónica

Hacienda vuelve a retrasar la entrada en vigor del sistema de verificación de facturas (Verifactu) para hacerlo coincidir con la puesta en marcha de la factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales. El objetivo es hacer coincidir ambos sistemas en 2028 y evitar que las empresas tengan que afrontar en un periodo muy corto dos adaptaciones tecnológicas distintas.

La publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de la orden ministerial que el Gobierno aprobó en marzo activa los plazos de la Ley Crea y Crece por la que las empresas con un volumen de operaciones superior a ocho millones de euros tendrán que cumplir la nueva obligación desde el 6 de octubre de 2027. El resto de compañías y profesionales tendrán hasta el 6 de octubre de 2028. En paralelo, la Agencia Tributaria comunicó este lunes un nuevo aplazamiento de Verifactu -que estaba previsto para el 1 de enero-, que finalmente quedará alineado con el calendario de la factura electrónica y se traslada a octubre de 2028. El Ejecutivo justifica el cambio por la necesidad de lograr una mayor convergencia entre ambos sistemas, tanto desde el punto de vista técnico como normativo. Además, el movimiento resuelve así una de las principales incertidumbres que afrontaban las empresas: cómo adaptar sus sistemas a dos reformas que, aunque tienen objetivos diferentes, afectan directamente a la forma en que generan y gestionan sus facturas.

Verifactu y factura electrónica no son lo mismo. El primero establece requisitos para los sistemas informáticos de facturación, con mecanismos destinados a garantizar la integridad y trazabilidad de los registros y a dificultar su manipulación. La factura electrónica obligatoria, en cambio, regula las operaciones entre empresas y profesionales y establece que las facturas deberán emitirse e intercambiarse en formato electrónico conforme a unas condiciones técnicas determinadas.

La nueva regulación permitirá a las empresas utilizar plataformas privadas de facturación electrónica. Como alternativa, podrán recurrir a la plataforma pública y gratuita que desarrollará y gestionará la Agencia Tributaria. Esta plataforma permitirá emitir y recibir facturas electrónicas y funcionará además como repositorio de las facturas sometidas al nuevo sistema. Su diseño pretende facilitar especialmente el cumplimiento de las obligaciones a pymes y autónomos, que podrán utilizarla sin asumir el coste de una plataforma privada. La principal novedad del modelo, sin embargo, no está únicamente en sustituir el papel o el PDF por un formato electrónico. El sistema permitirá realizar un seguimiento de la factura durante todo su ciclo de vida: desde la emisión hasta el pago. Para las empresas que utilicen plataformas privadas, la obligación tampoco terminará en el intercambio de la factura entre emisor y receptor. Estas plataformas deberán remitir simultáneamente a la solución pública una copia electrónica fiel de cada factura, con la información y la sintaxis establecidas por la normativa.

Este reajuste en las fechas se produce además con buena parte del tejido empresarial reconociendo que sigue sin tener claro el alcance de estos cambios. Más de la mitad de las empresas españolas desconoce las implicaciones de la factura electrónica. En concreto, un 24% de las compañías reconoce que ni siquiera sabe qué es la factura electrónica y otro 30% asegura haber oído hablar de ella, pero ignora los detalles. Solo un 10% afirma tener un conocimiento suficiente de la normativa. Además, tres de cada diez pymes admiten tener dudas sobre las exigencias regulatorias y los plazos de adaptación.

Categorías